SOAT MAPFRE: Términos y Condiciones
El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) es un seguro obligado por mandato expreso de la ley, creado para cubrir los riesgos de muerte y lesiones corporales, como consecuencia de un accidente de tránsito, que sufran las personas que sean:
- Ocupantes de un vehículo automotor asegurado
- Terceros no ocupantes de algún vehículo automotor, afectados directamente por el accidente de tránsito
Este tipo de seguro no cubre daños o pérdidas materiales de ningún tipo.
La web https://compra.mapfre.com.pe/soat está destinada a personas naturales y jurídicas que deseen adquirir el SOAT, cuya emisión electrónica está disponible para todo el territorio nacional. El uso de este portal implica la aceptación de los Términos y Condiciones dispuestos, así como la declaración, bajo juramento de tener 18 años o más.
Tarifa: Los precios están determinados por el uso, la clase, marca y modelo del vehículo, así como también, por el departamento de residencia del contratante.
Certificado SOAT: Te llega automáticamente a tu correo electrónico; adicionalmente puedes obtenerlo a través de nuestro Portal de clientes web o por tu App de Mapfre.
Formas de pago: Pago con todas las tarjetas de débito o crédito Visa, MasterCard, Diners Club y American Express. El comprobante llega al correo electrónico registrado por el contratante, en caso de requerirlo nuevamente, puede solicitarse vía WhatsApp de Atención MAPFRE al número 999 919 133 OPCIÓN 4 SUB-MENÚ 7.
Afiliación al débito automático: La afiliación al débito automático será factible de aplicar solo por el canal web para compras 100% online. Al afiliarse, el cliente autoriza la renovación automática de la póliza SOAT contratada con MAPFRE Perú, en los mismos términos de contratación (uso del vehículo) y mediante el mismo medio de pago registrado. Para estos efectos MAPFRE Perú podrá realizar un cargo automático por consumo en su tarjeta de crédito o en su cuenta bancaria, correspondiente a la tarifa vigente por concepto de prima de la póliza SOAT, a la fecha de renovación. En caso de reemplazar su tarjeta crédito, deberá informar el nuevo número de dicha tarjeta de crédito a MAPFRE Perú para continuar con el mencionado cargo automático.
Obligaciones de contratante y/o asegurado:
- Dar al vehículo automotor el uso que figura en el certificado SOAT electrónico emitido.
- Pagar la prima convenida con la compañía de seguros.
- No permitir la conducción del vehículo automotor por menores de edad, personas sin la debida licencia de conducir, en estado de ebriedad, de drogadicción o en una situación de grave perturbación de sus facultades físicas o mentales.
- Avisar de inmediato la ocurrencia de un accidente de tránsito a la Compañía de Seguros a través de la Central de Asistencias: al (01)213-3333 o al 0801-1-11-33 desde provincia, para teléfonos fijos. Para WhatsApp comunícate al 999-919-133.
- Dejar constancia del accidente de tránsito en la delegación de la Policía Nacional del Perú más cercana.
Coberturas: El SOAT actúa bajo la modalidad de un seguro de accidentes personales y brinda coberturas por la muerte y lesiones corporales de ocupantes del vehículo automotor asegurado, y de terceros no ocupantes de un vehículo automotor, que se vean directamente afectados como consecuencia de un accidente de tránsito en el que el vehículo asegurado haya intervenido.
- Incapacidad Temporal HASTA 1 UIT
- Gastos médicos HASTA 5 UIT
- Invalidez permanente HASTA 4 UIT
- Muerte 4 UIT
- Gastos de sepelio HASTA 1 UIT
Exclusiones:
- Carreras de automóviles y otras competencias de vehículos automotores en que participe el vehículo asegurado.
- Accidentes ocurridos fuera del territorio nacional.
- Accidentes ocurridos en lugares no abiertos al tránsito público.
- Accidentes ocurridos como consecuencia de guerras, eventos de la naturaleza u otros casos fortuitos o de fuerza mayor, enteramente extraños a la circulación del vehículo automotor.
- Suicidio y comisión de lesiones auto inferidas utilizando el vehículo automotor asegurado
Vigencia: La vigencia de la póliza es anual y corresponde al período señalado para cada vehículo automotor en el respectivo certificado de seguro, excepto para el caso de pólizas expedidas con carácter transitorio a favor de vehículos automotores de matrícula extranjera que ingresen temporalmente o que transiten en una operación de auto transporte por el territorio nacional, en cuyo caso la vigencia de la póliza podrá corresponder al tiempo de permanencia del vehículo automotor en el territorio nacional.
Definiciones:
Accidente de tránsito: Evento súbito, imprevisto y violento (incluyendo incendio y acto terrorista) en el que participa un vehículo automotor en marcha o en reposo, en la vía de uso público, causando daño a las personas, sean ocupantes o terceros no ocupantes de un vehículo automotor, que pueda ser determinado de una manera cierta.
Asegurado: Ocupante o tercero no ocupante de un vehículo automotor que sufre las consecuencias del accidente de tránsito.
Ocupante: Persona transportada en un vehículo automotor asegurado, o que está en su interior cuando permanezca en reposo y/o subiendo o bajando del mismo, que resulte víctima de un accidente de tránsito. El término ocupante también comprende al conductor del vehículo automotor.
Compañía de seguros: Empresa autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP para emitir certificados SOAT electrónicos.
Contratante: Persona que contrata el seguro, pudiendo ser el propietario del vehículo automotor, el prestador del servicio de transporte u otra persona que tenga interés asegurable.
Tercero no ocupante: Persona que, sin ser ocupante de un vehículo automotor, resulta víctima de un accidente de tránsito en el que ha participado el vehículo automotor asegurado.
Beneficiario: Persona con derecho a percibir las indemnizaciones previstas en la póliza, que puede ser ocupante o tercero no ocupante.
Vehículo automotor: Aquel que se desplaza por vías terrestres de uso público con propulsión propia.
Vehículo no automotor: El remolque, acoplado, casa rodante u otros similares que carecen de propulsión propia y que circulan por las vías terrestres de uso público halados por un vehículo automotor.
El vehículo no automotor está comprendido en la cobertura de esta póliza mientras sea halado por el vehículo automotor asegurado en el momento del accidente.
Vía de uso público: Carretera, camino o calle abierta al tránsito de peatones y vehículos automotores.
Conductor: Persona habilitada para conducir un vehículo por una vía.
Licencia de conducir: Documento otorgado por la autoridad competente a una persona autorizándola para conducir un tipo de vehículo.
Tránsito: Conjunto de desplazamientos de personas, vehículos y animales por las vías terrestres de uso público (Circulación).
Vía privada: Vía destinada al uso particular.
Vía pública: Vía de uso público, sobre la cual la autoridad competente impone y otorga concesiones, permisos y autorizaciones.
Consulta tu SOAT y verifica si está vigente. Ingresa la placa de tu vehículo para saber el estado de tu SOAT y si necesitas renovar. ¡Entra <aquí>!
